Bizum: ¿Qué dice nuestro marco legal?

Cuál es el limite legal de Bizum

Bizum, una solución tecnológica de vanguardia en el ámbito de las transferencias instantáneas de dinero, ha emergido como un instrumento financiero de preferencia entre los usuarios del sistema bancario español, permitiendo la realización de pagos y envíos de fondos entre particulares de manera ágil y segura, mediante el uso de dispositivos móviles asociados a cuentas bancarias. Esta plataforma, desarrollada conjuntamente por las principales entidades bancarias del país, se caracteriza por su capacidad para facilitar transacciones monetarias en tiempo real, sin la necesidad de compartir información bancaria detallada entre los usuarios, basándose únicamente en la identificación a través de números de teléfono móvil vinculados a cuentas bancarias individuales.

Desde su implementación, Bizum se ha consolidado como un mecanismo preferente para pequeñas transacciones entre particulares, tales como la división de gastos comunes, el pago de servicios entre amigos o familiares, o incluso, en un contexto comercial, el abono de pequeñas compras o servicios. Su adopción masiva responde a la facilidad, rapidez y seguridad que ofrece este sistema, alineándose con la tendencia global hacia la digitalización de las finanzas personales y la creciente demanda de soluciones de pago electrónico que simplifiquen las transacciones cotidianas, minimizando la dependencia del efectivo.

La arquitectura legal y operativa de Bizum se inscribe dentro del marco regulatorio de los servicios de pago en la Unión Europea, sujetándose a las directrices establecidas en la Directiva de Servicios de Pago (PSD2, por sus siglas en inglés), la cual promueve la innovación, la competencia y la seguridad en el mercado de pagos electrónicos. En este sentido, Bizum no solo representa un avance tecnológico, sino también un reflejo de la evolución normativa que busca adaptar el entorno legislativo a las nuevas dinámicas de la economía digital, garantizando al mismo tiempo la protección de los usuarios y la integridad del sistema financiero.

A través de este prisma, Bizum se ha establecido como un componente esencial en la infraestructura de pagos de España, siendo objeto de atención tanto por parte de los consumidores como de las autoridades regulatorias, incluida la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que observa estas transacciones en el marco de su competencia para asegurar la transparencia fiscal y la prevención del fraude.

La Agencia Estatal de Administración tributaria pone límites a los Bizum

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en su función de supervisar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, ha establecido una serie de criterios y límites específicos en relación con las operaciones realizadas a través de Bizum, un servicio de transferencia de fondos instantáneo. Estos límites están diseñados para prevenir el fraude fiscal y garantizar la transparencia en las transacciones financieras, especialmente aquellas que podrían eludir el escrutinio tributario debido a su naturaleza electrónica y la facilidad de ejecución.

Límite por operación en Bizum

La normativa vigente estipula que la cantidad máxima que un usuario puede enviar por Bizum en una sola operación no debe exceder de 1.000 euros. Este límite por transacción busca equilibrar la facilidad de uso y la necesidad de controlar movimientos de fondos que puedan estar destinados a eludir las responsabilidades fiscales.

Límite diario en Bizum

Además del límite por operación, se ha impuesto un límite diario de 2.000 euros para las transferencias realizadas por un individuo a través de Bizum. Este límite diario está diseñado para monitorear y controlar la acumulación de transacciones financieras que, en su conjunto diario, podrían significar intentos de fragmentación de pagos para evitar la detección y el reporte fiscal.

Límite anual para el control tributario

En términos de supervisión y control tributario, se ha establecido un límite anual de 10.000 euros para las transferencias recibidas por un individuo a través de Bizum. Este umbral anual tiene la finalidad de identificar patrones de transacciones que superen este límite y, por ende, requieran ser declarados por el receptor del dinero en su declaración de la renta anual. Este mecanismo busca asegurar que todos los ingresos, independientemente de su origen o la modalidad de su recepción, sean reportados adecuadamente a las autoridades fiscales, contribuyendo así a la equidad y eficacia del sistema tributario.

Obligación de declaración de los Bizum

Los contribuyentes que reciban cantidades que en conjunto superen el límite anual de 10.000 euros a través de Bizum están obligados a declarar estos ingresos en su declaración de la renta. El incumplimiento de esta obligación declarativa puede derivar en la imposición de sanciones y ajustes por parte de la AEAT, en función de las disposiciones legales aplicables en materia de fraude y evasión fiscal.

La AEAT, ejerciendo sus competencias de vigilancia y control del cumplimiento tributario, posee la facultad de requerir información a las entidades bancarias sobre las operaciones realizadas a través de Bizum. Este seguimiento permite a la Agencia identificar posibles irregularidades o incumplimientos de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, en el marco de su estrategia de prevención del fraude fiscal.Los abogados de Legantia son expertos en derecho fiscal y tributario.. Si desea asesoramiento legal, no dude en contactar en el teléfono 900 922 500, o por correo electrónico en  juridico@legantia.com. En Legantia Abogados estaremos encantados de atender sus consultas y peticiones.